Información sobre supletorios
Apreciados estudiantes,
Considerando que algunos estudiantes allegan solicitudes de permiso académico al Comité Curricular y de Investigación, aclaramos respetuosamente que, este Organismo no es el competente para autorizar supletorios de actividades evaluativas que no haya podido realizar un estudiante.
Al respecto, el Estatuto Estudiantil establece:
ARTICULO 94. Cuando un estudiante, por causa justificada y debidamente comprobada, no pueda asistir a una actividad evaluable, tendrá derecho a realizar una supletoria. La solicitud deberá presentarla al profesor, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización de la prueba, quien decidirá sobre la misma, en primera instancia. La segunda instancia corresponde al Director de Departamento o Programa.
Por lo anterior, la solicitud y justificación de la inasistencia a actividades evaluativas debe ser enviada en primera instancia al docente de la correspondiente asignatura, quien evalúa la pertinencia de conceder el supletorio.
Si el docente no encuentra pertinente conceder el supletorio, se debe solicitar que remita al estudiante claramente la no aceptación y el motivo, con el fin de que, ante la negativa, el estudiante pueda acudir a la Dirección del Departamento de Química quien decidirá en segunda instancia.
Así entonces, no es necesario que los estudiantes acudan a la Dirección del Departamento de Química por autorizaciones o visto bueno para tramitar supletorios (mal llamados permisos académicos) sin agotar la primera instancia con el docente, quien es el responsable de revisar y analizar en primer lugar si media causa justificada y debidamente comprobada.
En el caso de requerir que el Director como segunda instancia decida al respecto, deberá suministrar claramente la justificación con los anexos, la solicitud enviada al docente y la respuesta dada por el docente.
Se recuerda que el supletorio es un servicio y por tanto deben presentar al docente el recibo debidamente cancelado, el cual pueden generar aquí:
http://ci.udenar.edu.co/recibos/Tesoreria/ImpresionInternetEve_p.aspx?id=19
Justificación inasistencia por eventos académicos o prácticas académicas
Cuando un estudiante tiene previsto asistir a un evento académico o práctica académica y lo hace con aval del Comité Curricular y de Investigación, se sugiere previamente informar a los docentes a cargo de las asignaturas en las cuales no podrá asistir y posteriormente deberá justificar su inasistencia en los términos establecidos en el artículo 94 del Estatuto Estudiantil. Para tales efectos podrá presentar como soporte el Acuerdo que autorizó su movilidad académica, certificado de participación al evento (si lo tiene) y de ser necesario podrá solicitar al Departamento de Química emita constancia de su participación o asistencia a fin de complementar su solicitud.
En todo el caso el proceso es similar al descrito para supletorios.