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Solicitudes ante Comité Curricular

Con el ánimo de guiar al estudiante en sus solicitudes y agilizar en lo posible la resolución de las mismas y evitar el trámite de solicitudes que no obedecen al conducto regular en los estamentos Universitarios, el Departamento de Química informa a la comunidad estudiantil la naturaleza y decisiones en las que tiene injerencia el Comité Curricular:

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 Naturaleza y competencia | CCQ-1

 Naturaleza y competencia |

CCQ-2

Ante la decisión emitida por Comité Curricular procede recurso de reposición ante este mismo Organismo y/o en subsidio el recurso de apelación ante el Consejo de Facultad de Ciencias Exactas y Naturales como segunda instancia (Siempre y cuando haya agotada la primera instancia).

Correo electrónico Facultad de Ciencias Exactas y Naturales: faccn@udenar.edu.co

Naturaleza y competencia |
CCQ-3

 Funciones |

CCQ-4

Funciones |

CCQ-5

 

 Conformación  |

CCQ-6

 Conformación   |

COMITÉ n

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SOLICITUDES ESTUDIANTILES DE COMPETENCIA DE COMITÉ CURRICULAR

En consonancia con el Acuerdo No. 016 de 2016, “Los Comités curriculares y de investigación, decidirán en primera instancia, las solicitudes estudiantiles relacionadas con registro y modificación de notas, reingresos, transferencias, homologaciones, matrículas académicas, matrículas electivas, cursos especiales y de vacaciones, cancelaciones de asignaturas y otras de su competencia.

Sobre el trámite de las peticiones estudiantiles (Acuerdo No. 017 de enero 31 de 2007. Consejo Académico), el Artículo 1°. establece que a partir de la fecha, se dará estricto cumplimiento a los Calendarios Académicos fijados por la Institución y el Artículo 2°. dispone que todas las peticiones estudiantiles de orden académico deberán radicarse ante los Comités Curriculares o Consejos de Facultad, según su competencia, para lo cual éstos Organismos deberán apoyarse o pedir concepto previo a la Oficina de Registro y Control Académico (OCARA), quien realizará el control de la legalidad estatutaria de las decisiones tomadas por dichos cuerpos colegiados.

IMPORTANTE: Toda solicitud fuera de los plazos establecidos en el calendario académico tiene carácter de extémporaneo, y podrá ser radicada ante el Comité Curricular quien evaluará en primera instancia la justificación, soportes y el cumplimiento de los requisitos o normatividad para emitir una decisión al respecto. Encuentre a continuación información detallada y directrices con respecto a: a) Supletorios y/o permisos estudiantiles, b) Matrícula académica extemporánea, c) Cancelación de asignaturas y semestre y d) Cancelación extemporánea de asignaturas

 

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a) Supletorios y/o permisos estudiantiles|

Considerando que algunos estudiantes allegan solicitudes de permiso académico al Comité Curricular, aclaramos respetuosamente que este Organismo no es el competente para autorizar supletorios de actividades evaluativas que no haya podido realizar un estudiante.

Para conocer el proceso a seguir y conducto regular consulte en: http://quimica.udenar.edu.co/?p=4766

Para ver la información completa, consulte los Estatutos en la página http://secretariageneral.udenar.edu.co/

  • Estatuto Estudiantil de Pregrado
  • Estatuto General
b) Matrícula académica extemporánea|

Para las solicitudes de matrícula académica extemporánea, se establece que se tramitarán ante la Oficina de Registro y Control Académico (OCARA), siempre y cuando el estudiante compruebe la causal de fuerza mayor o caso fortuito, y haya legalizado su matrícula financiera en las fechas estipuladas en tos Calendarios Académicos, del periodo que le corresponde.

(Adicionado por Acuerdo 049 de 2008 y No. 023 de 2011) Se delega a OCARA y a Vicerrectoría Académica, para que realicen el registro de matrículas académicas extemporáneas por ventanilla, cuando el estudiante haya realizado el pago de la matrícula financiera

Para las solicitudes de matrícula extemporánea como EGRESADOS pueden presentarse siempre y cuando el estudiante se matricule únicamente para presentación del trabajo dé grado, a fin de cumplir con los requisitos para optar al título que le corresponde; además, deberán anexar los soportes que justifiquen la petición y el recibo de pago de la matricula financiera.

Estas peticiones deberán ser atendida por OCARA, en un plazo no mayor a dos meses de haber iniciado el periodo académico.

Los calendarios académicos vigentes se encuentran publicados en la página web institucional, donde los estudiantes son los responsables de estar atentos a las fechas de todos los procesos y realizar sus solicitudes en los plazos establecidos en el calendario académico a través de la Plataforma SAPIENS o de Matrícula financiera según corresponda.

Por lo anterior, y de conformidad con la normatividad vigente, estas situaciones especiales y de carácter excepcional podrán ser remitidas a Comité Curricular realizando la solicitud con la justificación correspondiente y los soportes que comprueben la causal de fuerza mayor o caso fortuito, además de anexar comprobante de pago de la matrícula financiera. Este Organismo analizará la solicitud y los soportes y podrá aprobar o no el trámite, para tales fines de requerirlo podrá solicitar concepto a OCARA.

c) Cancelación de asignaturas y semestre|

El Estatuto Estudiantil de Pregrado establece:

ARTICULO 79: El estudiante matriculado en semestre o año distinto del primero, podrá cancelar, ante la Oficina de Registro Académico, hasta las dos terceras partes de las asignaturas matriculadas, sin que ello llegue a constituir el total de las mismas. El plazo máximo para la cancelación de asignaturas es de ocho (8) semanas después de iniciado el período académico, en los programas semestralizados, y de dieciséis (16) en los anualizados. Superado este plazo, el estudiante no podrá cancelar ninguna asignatura.

PARAGRAFO 1. El estudiante no podrá cancelar aquellas asignaturas que está obligado a cursar, según lo establecido en el artículo 85 de este Estatuto.

PARAGRAFO 2. El estudiante matriculado en primer semestre o año podrá solicitar, dentro de los plazos fijados en este artículo, la cancelación hasta de dos asignaturas. La Oficina de Registro Académico decidirá sobre la misma, previo concepto del Comité Curricular.

ARTICULO 80. El estudiante, por fuerza mayor debidamente comprobada, puede solicitar ante la Oficina de Registro Académico la cancelación del semestre o año en curso. Esta dependencia para decidir, ordenará las pruebas que considere conducentes

ARTICULO 88. Para efecto de este Estatuto la tercera parte de 12, 11 y 10, es 4; de 9, 8 y 7 es 3; de 6, 5 y 4 es 2; de 3, 2 y 1 es 1 y las dos terceras partes de 12 son 8, de 11 y 10 son 7, de 9 son 6, de 8 y 7 son 5, de 6 son 4, de 5 y 4 son 3, de 3 son 2 y de 2 y 1 es 1.

Los calendarios académicos vigentes se encuentran publicados en la página web institucional, donde los estudiantes son los responsables de estar atentos a las fechas de todos los procesos y realizar sus solicitudes en los plazos establecidos en el calendario académico a través de la Plataforma SAPIENS o de Matrícula financiera según corresponda.

Nota: para las cancelaciones de semestre y reservas de cupo extemporáneas el estudiante debe solicitar al Comité Curricular la compra del PIN extemporáneo, dicho PIN permitirá al estudiante acceder a la plataforma correspondiente, donde podrá diligenciar su solicitud.

 d) Cancelación de asignaturas complementarias|

La cancelación de las asignaturas complementarias se realiza a través de sistema en los plazos establecidos para cancelaciones en el calendario académico.

Las solicitudes extemporáneas no pueden realizarse a través de Comité Curricular, en cambio deberán dirigirse según corresponda:

  • Asignaturas de Formación Humanística se debe realizar con la Coordinación de Formación Humanística.
  • Asignaturas de Idioma Extranjero con el Departamento de Lingüística e Idiomas
  • Módulos de Lenguaje y Herramientas informáticas con el Aula de Informática
  • Módulos de Lectura y Producción de Textos I y II con el Departamento de Filosofía y Letras.
 e) Cancelación extemporánea de asignaturas plan de estudios|

De conformidad con la normatividad vigente,  los estudiantes podrán solicitar ante Comité Curricular cancelación extemporánea de asignaturas, la solicitud estudiantil debe tener la justificación y los soportes que comprueben la causal de fuerza mayor para su solicitud. Este Organismo analizará la solicitud y los soportes y podrá aprobar o no el trámite, para tales fines de requerirlo podrá solicitar concepto a OCARA.

Teniendo en cuenta que este Organismo identificó solicitudes estudiantiles recurrentes para cancelación de asignaturas en fechas extemporáneas, que no obedecen a motivos de fuerza mayor justificada o soportada, se establecen directrices sobre la solicitud de cancelación de asignaturas en el Programa de Química mediante Acuerdo No.003 de 20 de enero de 2023.

Tenga en cuenta que NO se consideran razones de fuerza mayor o justificantes para el trámite de cancelaciones extemporáneas por considerarse situaciones previsibles:

  • Cruces de horarios: los estudiantes conocen los horarios de las asignaturas previamente a las fechas de matrícula y en el caso de cursar asignaturas de diferentes semestres es responsabilidad del estudiante matricular en horarios que no estén sobrepuestos, debiendo cancelar en el tiempo ordinario en el caso de que se le presenten cruces entre las materias matriculadas.
  • Falta de tiempo para dedicarse a las asignaturas o dedicación a actividades extra-académicas: los estudiantes conocen de antemano el número de créditos y dedicación que requiere cada asignatura, así como el horario en que se ofrecen, por lo que esto no se considera motivo de fuerza mayor, aun cuando el estudiante esté realizando actividades extra-académicas que requieran de su tiempo y dedicación. Los estudiantes deben programar su carga académica acorde con la oferta del plan de estudios y tiempo con el que cuentan para que puedan cursar sin dificultades las asignaturas.
  • Bajo rendimiento: la solicitud que argumente cancelación para no afectar su promedio académico por bajo rendimiento no será considerada fuerza mayor. Los estudiantes cuentan con un tiempo reglamentario para cancelación de asignaturas a través del sistema, por lo tanto, en el caso de que el estudiante reporte bajas calificaciones o bajo rendimiento académico después del periodo ordinario de cancelación, será remitido para que sea directamente atendido por el docente de la asignatura.
  • Inasistencia a clases o actividades evaluativas: el estatuto estudiantil establece que el estudiante está obligado a asistir a todas las evaluaciones y actividades académicas de las cuales se derive de manera directa una evaluación; de no hacerlo la nota respectiva será de CERO (0,0). Así mismo contempla que cuando un estudiante, por causa justificada y debidamente comprobada, no pueda asistir a una actividad evaluable, tendrá derecho a realizar una supletoria, realizando el proceso respectivo. Así entonces, para este Organismo no es admisible la cancelación extemporánea de asignaturas por inasistencia no justificada.
  • Electivas del plan de estudios: a concepto de este Organismo no es viable la cancelación de núcleos de profundización aun cuando el estudiante ya haya cursado las dos electivas obligatorias De matricular un núcleo adicional deberá cursar la asignatura en su totalidad.

Por lo tanto el proceso de cancelación debe realizarse en las fechas ordinarias establecidas en el calendario.

Finalmente, para el caso de solicitudes extemporáneas de cancelación de asignaturas que obedezcan a imprevistos por situaciones de salud se debe anexar la historia clínica actualizada, incapacidad médica, certificado médico, psicológico o psiquiátrico suscrito por un profesional o entidad acreditada en el área de la salud. Así mismo, para las solicitudes extemporáneas de cancelaciones de asignaturas en las cuales medie fuerza mayor, los hechos imprevisibles expuestos deben ser debidamente justificados y soportados, para ser puestos a consideración del Comité Curricular deberá remitir la solicitud a más tardar 10 días después de la ocurrencia de los mismos. Este Organismo cotejará la fecha de emisión del soporte presentado para considerar la respectiva cancelación.

Nota: para las cancelaciones de semestre y reservas de cupo extemporáneas el estudiante debe solicitar al Comité Curricular la compra del PIN extemporáneo, dicho PIN permitirá al estudiante acceder a la plataforma correspondiente, donde podrá diligenciar su solicitud.

Acuerdo No. 003 – 2023: Directrices cancelaciones extemporáneas

 

 

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Solicitud,0

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES ESTUDIANTILES ANTE COMITÉ CURRICULAR

Entendida la naturaleza de este Organismo y el trámite de peticiones estudiantiles, debido a que ante el Comité Curricular han radicado solicitudes incompletas, sin la debida justificación y/o sin soportes, se informa que las solicitudes de competencia del Comité Curricular deben radicarse en el modelo de solicitud estudiantil con los anexos correspondientes, y con la suficiente anticipación (3 días hábiles previo a cada sesión), se recibirán en medio digital, vía correo electrónico a quimica@udenar.edu.co con los siguientes archivos:

Documento Formato Nombre del archivo
Solicitud estudiantil Incluir los anexos y soportes legibles PDF 1. Solicitud Nombre Apellido.pdf
Reporte de matrícula académica vigente PDF 2. Reporte Nombre Apellido.pdf

Observación: Remitir los archivos a quimica@udenar.edu.co con el asunto: Solicitud Comité Curricular Nombre Apellido estudiante. Ejm: Solicitud Comité Curricular Eliana Cerón

Acorde con la política de cero papel, se informa que se reciben todas las solicitudes a través del correo quimica@udenar.edu.co

Recuerde que para el proceso de presentación de proyectos de trabajo de grado e informe final de trabajo de grado, los formatos y cartas se encuentran en la página web: quimica.udenar.edu.co en la sección normatividad – > Proyectos e informe trabajo de grado

Para solicitud de movilidad el formato y proceso se encuentra en: https://quimica.udenar.edu.co/?p=2761

Si no recibe notificación en su correo acusando recibido de su solicitud dentro de los 3 días hábiles siguientes al envió de su solicitud, por favor comunicarse al Departamento de Química: 7244309 – ext 1915

PROGRAMACIÓN SESIONES COMITÉ CURRICULAR

El Comité Curricular informa que en concordancia con los procesos de planeación y con el fin de facilitar la entrega de documentos y solicitudes para ser tratadas por este Organismo, determinó que sesionará de manera ordinaria 2 veces en el mes,  la primera y tercer semana. Correspondiendo la programación de las reuniones, así:

CRONOGRAMA CCQ

Por lo anterior, las solicitudes deberán ser remitidas vía correo electónico con 3 días hábiles de anticipación a la reunión, con el fin de ser incluidos en los asuntos a tratar en la sesión correspondiente.

Una vez tratados los asuntos, se cuenta con 15 días hábiles para resolver la solicitud. El Comité Curricular podrá sesionar de manera extraordinaria cuando lo estime conveniente. O reprogramar las sesiones en el caso que sea necesario.

Si no recibe notificación en su correo acusando recibido de su solicitud dentro de los 3 días hábiles siguientes al envió de su solicitud, por favor comunicarse al Departamento de Química: 7244309 – ext 1915