En cumplimiento con la Ley 872 de 2003, el Decreto 4110 del 2004, la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCCP 1000:2009, el decreto 1295 de 2010 y el decreto 107$ de 15 de Mayo del 2015 se adoptó el Sistema Integrado de Gestión de Calidad a través de la Resolución No 1208 de 12 de Marzo de 201o, donde el Sistema Integrado de Gestión de Calidad es una herramienta administrativa que contribuye el mejoramiento continuo del proceso de Formación Académica adoptando mecanismos eficaces, eficientes, efectivos y transparentes;
En los numerales 7.1 y 8.2.4 de la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCCP 1000: 2009 se solicita a la Universidad de Nariño se realice la planificación para la prestación del Servicio Académico y el seguimiento del proceso de Formación Académica;
Es así como en el Acuerdo No. 027 de mayo 7 de 2019 el Consejo Académico, se aprueba el Sistema de Registro Continuo de Calificaciones, y se determina que los formatos de programación de Asignatura se deben cargar en la plataforma SAPIENS, a partir del periodo B 2019.
ACCESO PLATAFORMA SAPIENS
REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ASIGNATURAS DEL PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA QUÍMICA EN LA PLATAFORMA SAPIENS
Los docentes de tiempo completo y de hora cátedra que vienen vinculados con la Universidad de Nariño, recibieron capacitación para el ingreso de información y manejo de la plataforma institucional SAPIENS. Si usted no maneja la plataforma, puede consultar el MANUAL DEL USUARIO, y resolver sus inquietudes con el personal del Centro de Informática:
GRABACIÓN GUÍA MODULO SAPIENS DOCENCIA
El Comité Curricular y de Investigación del Departamento de Química, viene adoptando estrategias amigables con el medio ambiente que disminuyan el uso indiscriminado de papel. Es así, como se determinó que para el Programa de Química los reportes de asignaturas que arroje la plataforma SAPIENS, NO SE RECIBIRÁN EN FÍSICO, sino en medio digital al correo foasquimica@gmail.com
PORCENTAJES DE EVALUACIÓN GLOBALES: Recuerde que cuando una asignatura tiene componente teórico y práctico el sistema computa la nota del estudiante a partir de la configuración general de la asignatura (70% Teoría y 30% Práctica), además de la configuración suminisrtrada por cada docente en su plataforma para cada actividad evaluativa. Es por esto que cada semestre debe solicitar máximo hasta la segunda semana del semestre a la Dirección del Departamento correspondiente, se asignen los porcentajes de evaluación de cada componente y verificar que esta configuración se vea reflejada en su plataforma SAPIENS de calificaciones.
Ejm. Asignaturas prestadas como servicio a otros Programas, remitir la solicitud al Programa correspondiente indicando asignatura y porcentajes.
Para las asiganturas de Flexibilidad y las asignaturas del Programa de Química, la configuración la realiza directamente el Departamento de Química. En caso de que hasta la tercera semana del semestre no se vea reflejada, es necesario que consulte al Departamento de Química al respecto.
Esto únicamente para asignaturas teórico/prácticas. Las asignaturas que únicamente tienen componente teórico no requieren esta configuración.
El docente a cargo de la asignatura debe designar en el sistema el representante estudiantil que avala por la plataforma las programaciones acordadas, por favor tenga en cuenta las siguientes directrices:
- |REPORTE INICIAL-SEMANA 1|
- |REPORTE INTERMEDIO SEMANA 7 |
- |REPORTE FINAL SEMANA 18|
FECHA MÁXIMA DE ENTREGA: SEGUNDA semana del periodo académico
DESCRIPCIÓN: Esta programación corresponde a la planificación del semestre y debe ser concertada con los estudiantes en la primera semana
SEMANA 1: Cada docente registra la programación de Asignatura para el componente teórico y práctico según corresponda, en el Sistema SAPIENS, y realiza la concertación de las actividades evaluativas con los estudiantes designando un representante. (Los contenidos temáticos aprobados para cada asignatura fueron ingresados previamente, cada docente complementa la información correspondiente al módulo temática, así como en programación temática.)
SEMANA 2: El docente incluye en la plataforma la siguiente información: Las actividades de evaluación a realizar en cada asignatura, tales como exámenes, talleres, ensayos, exposiciones, entre otras y la ponderación de cada evaluación. Socializa la información a los estudiantes, designa en el sistema al representante estudiantil y una vez avale la concertación, procede a generar el reporte: Reporte de Programación por Asignatura
REMISIÓN DEL REPORTE: El docente remite al correo foasquimica@gmail.com el reporte generado desde la plataforma SAPIENS con copia al correo del representante estudiantil de la asignatura,
En el cuerpo del mensaje por favor informar:
- Docente, Asignatura
- Información representante estudiantil (nombre, código, celular y correo electrónico).
- Para el Programa de Química, en la Programación se debe incluir e informar las actividades o estrategias para incentivar el uso del idioma extranjero inglés y TIC.
FECHA MÁXIMA DE ENTREGA: SÉPTIMA semana del periodo académico
DESCRIPCIÓN: Este seguimiento se debe realizar en la séptima semana del desarrollo del semestre, diligenciando el porcentaje de avance en el desarrollo de los contenidos y registrando las observaciones.
SEMANA 7: Cada docente registra el avance del desarrollo de la programación de Asignatura para el componente teórico y práctico según corresponda, en el Sistema SAPIENS, y registra en el campo de OBSERVACIÓN GENERAL información relevante como:
Procesos de Evaluación: se debe registrar información de las actividades evaluativas desarrolladas (ejm. Número de exámenes o quices realizados, prácticas de laboratorio desarrolladas) e información estadística del desempeño del grupo así:
- Nota mínima – máxima
- Promedio general de desempeño
- Número de estudiantes matriculados
- número de estudiantes con nota superior a 3
- Participación en horario de atención estudiantil: (ALTA-MEDIA-BAJA)
- Actividades o estrategias para incentivar el uso del idioma extranjero inglés y TIC
y demás información relevante para el proceso académico, además del seguimiento a los casos de estudiantes en repitencia si los hubiere.
REMISIÓN DEL REPORTE: El docente remite al correo foasquimica@gmail.com el reporte generado desde la plataforma SAPIENS, y lo socializa con los estudiantes.
FECHA MÁXIMA DE ENTREGA: ÚLTIMA SEMANA del periodo académico
DESCRIPCIÓN: reporte final de desarrollo de la asignatura.
SEMANA 18: Cada docente envía el reporte correspondiente a la finalización de actividades de la Asignatura para el componente teórico y práctico según corresponda, y registra en el campo de OBSERVACIÓN GENERAL:
Procesos de Evaluación: se debe registrar información CONSOLIDADA de las actividades evaluativas desarrolladas (ejm. Número de exámenes o quices realizados, prácticas de laboratorio desarrolladas) e información estadística del desempeño del grupo así:
- Nota mínima – máxima
- Promedio general de desempeño
- Número de estudiantes matriculados
- número de estudiantes con nota superior o igual a 3
- Participación en horario de atención estudiantil: (ALTA-MEDIA-BAJA)
- Información de los casos de estudiantes en repitencia si los hubiere.
- Observaciones y/o Sugerencias.
REMISIÓN DEL REPORTE: El docente remite al correo foasquimica@gmail.com el reporte generado desde la plataforma SAPIENS.
ACUERDO No. 027 (mayo 7 de 2019)
ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el Sistema de Registro Continuo de las notas de las evaluaciones concertadas en cada asignatura, en los programas de pregrado. las cuales se registran en el formato de programación de asignatura, con el fin de facilitar la emisión de alertas tempranas relacionadas con el desempeño académico de los estudiantes y promover acciones de acompañamiento y refuerzo en los casos que lo requieran.
PARÁGRAFO. Los formatos de programación de Asignatura se deben cargar en el Sistema de Registro Continuo de Calificaciones. En el transcurso del periodo académico se pueden realizar modificaciones concertadas entre ios estudiantes y el docente, las cuales quedarán consignadas en el formato de programación de asignaturas.
ARTÍCULO SEGUNDO. Permitir ta modificación de las calificaciones asignadas a través del Sistema de Registro Continuo, en los términos del Estatuto Estudiantil de Pregrado. siempre y cuando no se haya calculado la nota definitiva.
ARTÍCULO TERCERO. Incluir en la plataforma del Sistema de Registro Continuo de calificaciones la siguiente información:
a) Las actividades de evaluación a realizar en cada asignatura, tales como exámenes, talleres, ensayos, exposiciones, entre otras
b) La ponderación de cada evaluación
ARTÍCULO CUARTO. Establecer ia segunda semana de clases de cada período académico, semestral o anual, como plazo máximo para registrar las actividades de evaluación y su ponderación en ia plataforma respectiva.
ARTÍCULO QUINTO. Calcular la nota definitiva de cada asignatura con base en las calificaciones y ponderaciones asignadas en la plataforma del Sistema de Registro Continuo.
ARTÍCULO SEXTO. Asignar las calificaciones de manera independiente en los casos en que las materias sean compartidas por dos o más profesores y calcular la nota definitiva, aplicando las ponderaciones que se encuentren establecidas en el formato de programación de asignatura.
ARTICULO SÉPTIMO. Estudiar la información del Sistema de Registro Continuo, por parte de los Comités Curriculares y de Investigaciones y los profesores de cada asignatura, con el fin de identificar los casos que requieren atención especial, sobre todo los que estén en riesgo de reprobación por tercera o cuarta vez.
ARTICULO OCTAVO.Analizar la información, obligatoriamente, en la semana séptima y decimosegunda de cada semestre académico; y para los programas anuales, en la semana décima, vigésima y trigésima de cada año lectivo. Los resultados de estos análisis se consignarán en el acta de la sesión correspondiente del Comité Curricular y de Investigaciones.
ARTICULO NOVENO. Realizar el proceso de análisis de la información en los programas con registro calificado extendido en los municipios, cuando se haya desarrollado entre el 25% y el 50% del contenido de la asignatura.
ARTÍCULO DÉCIMO. Estudiar los casos críticos de la alertas de bajo desempeño y establecer estrategias de acompañamiento académico para su mejoramiento por parte de los comités curriculares y los profesores de las asignaturas respectivas.
ARTÍCULO ONCE. El presente Acuerdo rige a partir del periodo B del año 2019
ARTÍCULO DOCE. Vicerrectoría Académica, Comités Curriculares y de Investigaciones, Consejos de Facultad y OCARA, anotarán lo de su cargo.
DESCARGAR ACUERDO 027SOBRE LA ENTREGA OPORTUNA DE NOTAS (ESTATUTO ESTUDIANTIL)
ARTICULO 99. Los profesores darán a conocer a los estudiantes las calificaciones de las evaluaciones, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la realización de la prueba o actividad evaluada. Las calificaciones deberán publicarse en las carteleras del Programa, indicando el código del estudiante y la nota respectiva. Las notas de los exámenes orales se darán a conocer inmediatamente éstos concluyan.
NOTA: Es necesario consultar en los Programas donde se prestan servicios qué estrategias adoptan para el seguimiento a los procesos de formación académica y entregarlos en las fechas establecidas por los mismos, esto con el fin de evitar requerimientos desde otras dependencias. Sin embargo, para las asignaturas de servicio a otros Programas, los docentes a cargo deberán enviar copia del reporte de la semana 1 y el consolidado de la semana 18 al correo electrónico foasquimica@gmail.com en las fechas correspondientes.
Los docentes de hora cátedra deberán cumplir estrictamente con la entrega de la información correspondiente, dando cumplimiento a las funciones establecidas en su contrato laboral tales como: “Desarrollar de acuerdo a su competencia y responsabilidad las actividades relacionadas con el establecimiento, documentación, implementación y mantenimiento del sistema integrado de calidad (SIGC), incluyendo el plan de seguimiento de las asignaturas y los informes finales de las mismas en concordancia con los instrumentos desarrollados por el SIGC y aprobados por el departamento;”
El Director del respectivo Departamento se reserva la facultad de vigilar la manera y calidad como EL PROFESOR vaya dando cumplimiento a las obligaciones contractuales y podrá hacerle las sugerencias y recomendaciones que estime convenientes para la mejor ejecución del mismo.