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CONVENIOS

LISTA DE ENTIDADES QUE VISITÓ UN DELEGADO DEL DEPARTAMENTO DE QUÍMICA DONDE LOS ESTUDIANTES PUEDEN INDAGAR SI HAY POSIBILIDADES PARA REALIZAR PRÁCTICA EMPRESARIAL

NOMBRE DIRECCIÓN
CORPONARIÑO CALLE 25, No 7 ESTE 84, FINCA LOPE, VÍA LA CAROLINA
INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD IDS CALLE 15 No 48-21
SENA FINCA LOPE VÍA LA CAROLINA
LISA SERVICIOS INTEGRALES CALLE 18 A No 64-02 VÍA TOROBAJO
EMPOPASTO PLANTA CENTENARIO
PLANTA SAN ISIDRO CALLE 18 A No 64-02 VÍA TOROBAJO
COLACTEOS AVENIDA PANAMERICANA PASTO
POSTOBON TOROBAJO VÍA A NARIÑO
LABORATORIOS OSA CALLE 18 No 14-142
EMAS CARRERA 24 No 23-51

LISTA DE CONVENIOS NACIONALES E INTERNACIONALES

CONSIDERACIONES SUSCRIPCIÓN CONVENIO PARA REALIZAR PRÁCTICA EMPRESARIAL

Para el Programa de Química, la práctica empresarial corresponde a una modalidad de trabajo de grado como requisito para obtener el título profesional, las cuales se pueden desarrollar en unidades académico-administrativas de la Universidad de Nariño o con personas naturales o jurídicas del ámbito regional, nacional o internacional.

Es así, como los estudiantes interesados por optar por esta modalidad, deben con anticipación revisar las opciones con las diferentes entidades y de no existir convenio vigente y este sea requisito, adelantar con el apoyo del Departamento de Química los procesos correspondientes.

Inicialmente, el estudiante puede explorar las opciones en las diferentes entidades (públicas y privadas) siempre y cuando tenga la disponibilidad de tiempo para asumir la práctica empresarial, donde una vez le confirmen que existe la posibilidad de aceptar un pasante/practicante, deberá definir la temática de su proyecto. Para iniciar el trámite de convenio, el estudiante debe contar con un proyecto de trabajo de grado ya definido.

En ningún caso podrá iniciar actividades prácticas sin acuerdo de aprobación de Comité Curricular de su proyecto de trabajo de grado. Para el caso de prácticas empresariales, se debe informar a la entidad según corresponda, que deberá asumir y realizar el proceso de afiliación a la Aseguradora de Riesgos Profesionales (ARL) una vez el estudiante se encuentre matriculado académica y financieramente, para poder iniciar su periodo de práctica.

IMPORTANTE: Previa suscripción del convenio, primero deberá contar con concepto favorable del proyecto de trabajo de grado y carta de invitación para realizar práctica empresarial, donde la entidad informe que puede asumir la afiliación a ARL del estudiante y los apoyos económicos que pudiere conceder en caso de que esta sea una posibilidad.

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  INSTRUMENTOS JURÍDICOS CON PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS: Los convenios de cooperación académica que se celebren con personas naturales o jurídicas, serán elaborados y suscritos por el Decano de la Facultad correspondiente; en ellos NO se podrá disponer de recursos financieros a cargo de la Universidad de Nariño. Cuando se trate de personas de derecho privado y la dependencia académica competente lo considere pertinente, la práctica podrá ejecutarse con un acto administrativo de la Facultad, previa presentación de la carta de aceptación de la empresa. Nota: Las Personas jurídicas de Derecho Privado son aquellas que se rigen por el derecho privado, como por ejemplo: Asociaciones, Corporaciones, Fundaciones, Sindicatos, Cooperativas, entre otras.

 INSTRUMENTOS JURÍDICOSCON ENTIDADES PÚBLICAS. Las prácticas en una entidad pública no requieren la suscripción de convenio; en este caso, será suficiente el Acuerdo aprobatorio del Consejo de Facultad, previa verificación de los requisitos generales. La entidad externa realizará la afiliación y el pago de riesgos laborales a favor del estudiante; condición que quedará establecida en el acuerdo de voluntades. Nota: Las personas jurídicas de derecho público, son aquellas del Estado, como por ejemplo: La nación, los departamentos, establecimientos públicos, empresas comerciales e industriales del Estado, entre otras.

 INSTRUMENTOS JURÍDICOS | CON UNIDADES ACADÉMICO-ADMINISTRATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO. Las prácticas en la Universidad de Nariño por estudiantes internos, podrán formalizarse mediante acto administrativo proferido por el director de la unidad académica o administrativa en la cual se realizará la práctica; se dejará constancia del responsable de la afiliación y del pago de ARL del practicante. En atención a la disponibilidad presupuestal, dicho funcionario podrá mediante el mismo acto administrativo reconocer apoyos económicos que no superen el 50% de un salario mínimo mensual legal vigente. 

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En cualquier caso, deben definirse claramente:

  • Fechas de inicio y terminación.
  • Horarios.
  • Funciones claramente especificadas indicando los alcances y condiciones a cumplir en concordancia con el convenio suscrito.
  • Productos a entregar.
  • Autorías de productos (en caso necesario).
  • Fechas de asesorías, seguimiento y evaluación.
  • Afiliación a ARL.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS 

  • Certificado de existencia y representación legal de la entidad con la cual se va a realizar el convenio.
  • Aportar documentos que acrediten la capacidad del representante legal de la entidad para suscribir convenios, (acta, resolución, ordenanza, decreto).
  • Aportar antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales.
  • Aportar copia de la cédula de ciudadanía.
  • Minuta de convenio específico para práctica.
  • Aportar constancia o certificado de aceptación o necesidad de practicante del Programa de Química, el cual debe ser suscrito por el representante legal de la entidad.
ACUERDO No. 028 MEDIDAS ESPECIALES PARA PRÁCTICA MODELO CONVENIO ESPECÍFICO PRÁCTICA